lunes, 1 de abril de 2019

SER POLICÍA LOCAL

Requisitos oposiciones Policía Local Comunidad Valenciana 2019     




De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 17/2017, de 15 de diciembre, de la Generalitat, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana, "las personas que aspiren a ingresar en los cuerpos de policía local deberán reunir, como mínimo y en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber superado el curso de capacitación correspondiente a la categoría a la cual se accede y la fase previa, realizados por el Ivaspe (*).
c) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) Estar en posesión de la titulación académica exigible (Bachillerato o equivalente) a cada escala o, en su caso, la equivalente para el grupo al cual pertenece la plaza convocada, de acuerdo con la legislación básica del Estado.
f) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
g) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
h) Estar en posesión de los permisos que reglamentariamente se establezcan y que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas.
i) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan reglamentariamente.
j) Cualesquiera otros requisitos específicos de acceso relacionados con las funciones y las tareas a ejercer que se determinen reglamentariamente".
(*) El artículo 56 de la ley señala que "para poder participar en los procesos selectivos de oposición que convoquen los ayuntamientos, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber superado una fase previa, convocada por el Ivaspe, consistente en la realización de pruebas físicas y psicotécnicas.
b) Haber superado el curso básico de capacitación impartido por el Ivaspe".
Estos dos requisitos no serán exigidos hasta enero de 2020, como máximo (dos años desde la entrada en vigor de esta ley).
(*) Pueden presentar convalidación a la parte de aptitud física si disponen de certificado,con la calificación de APTO, en los últimos 4 años.

-¿Y si no tengo el Bachillerato? ¿Puedo presentarme? 

-Puede que sí... Todo depende de que tengas una titulación equivalente.

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