Requisitos de ingreso para los aspirantes
Para ingresar en la Policía Nacional será necesario reunir los siguientes requisitos:
GENERALES
Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21
de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18
de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en la Policía
Nacional, y en consonancia con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio,
de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para poder ser admitido a
la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será
necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, los siguientes requisitos:- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria.
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: aptitud física, conocimientos, reconocimiento médico, entrevista personal y psicotécnica.
Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.
ESPECÍFICOS
Inspector
- Estar en posesión del título universitario oficial de Grado.
Policía
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.
Le recomendamos consulte las bases de la oportuna convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
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